¿Puedes corregir o recurrir tu Valor de Referencia?
Ocho preguntas. Al final sabrás si tu caso es viable, cuánto dinero está en juego, cuál de las tres vías te corresponde —incluida la corrección catastral previa a la firma—, cuál es tu fecha límite orientativa y qué documentación necesitas reunir.
¿Qué operación vas a realizar o has realizado?
El impuesto aplicable y el procedimiento cambian según el tipo de operación.
¿En qué punto del proceso estás?
Es la pregunta que más condiciona el resultado: determina la vía y el plazo.
¿Qué tipo de inmueble es?
La tipología determina el módulo de valoración aplicado por el Catastro.
¿En qué Comunidad Autónoma está el inmueble?
Determina la Administración competente, el tipo impositivo y los plazos de presentación.
Los dos importes que importan
El Valor de Referencia puedes consultarlo gratis en la Sede Electrónica del Catastro con la referencia catastral del inmueble. Si aún no lo conoces, déjalo en blanco y lo comprobamos nosotros.
¿Cuándo se firmó la escritura?
Con esta fecha calculamos tu plazo límite orientativo.
¿Alguna de estas circunstancias afecta a tu inmueble?
Marca todas las que apliquen. Son las causas por las que el Valor de Referencia se separa del valor real. Si no marcas ninguna, el diagnóstico seguirá funcionando.
¿Qué documentación tienes ya disponible?
No hace falta tenerlo todo. Solo queremos saber de dónde partimos para decirte qué falta por reunir.
Resultado de tu análisis
Basado en la información que nos has facilitado.
Vía procedimental que te corresponde
Motivos de impugnación identificados
Documentación que necesitamos
Marcada en gris la que ya tienes; el resto es lo que falta por reunir. Puedes enviárnosla por correo cuando la tengas: no hace falta que esté completa para empezar.
Envía tu caso a un especialista
Esto que acabas de leer es un cálculo automático. Envíanoslo y un asesor revisará tu expediente personalmente: comprobará el Valor de Referencia asignado, verificará la vía y el plazo, y te responderá con una valoración concreta y, si procede, una propuesta cerrada de honorarios.
Sin coste y sin compromiso.
Es una orientación preliminar automatizada, no un dictamen. Los importes se calculan con tipos impositivos generales de cada Comunidad Autónoma, sin considerar tipos reducidos, escalas por tramos, bonificaciones ni reducciones aplicables a tu caso. Los plazos se calculan con las reglas generales y sin contemplar los festivos locales y autonómicos.
Un asesor revisará personalmente tu caso antes de darte una respuesta definitiva. No inicies ni dejes de iniciar ningún procedimiento basándote únicamente en este resultado.
Sin compromiso
El análisis previo es gratuito. Si el caso no tiene recorrido, te lo diremos con la misma claridad que si lo tiene.
Tus datos, protegidos
Solo usamos la información para analizar tu caso y prepararte una propuesta. Ni cesiones a terceros ni comunicaciones comerciales no solicitadas.
Respuesta en 24-48 horas
Un asesor revisa el expediente y te contesta por correo con una valoración concreta y los siguientes pasos.